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México

Nueve y contando...Hay contingencia ambiental en el Valle de México

Por novena ocasión en el año, se declaró contingencia ambiental por altas concentraciones de ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México, a partir de las 14:OO horas del miércoles 22 de mayo.

La contingencia ambiental de este 22 de mayo, fue al quinta en el mes y la novena en lo que va de 2024. Foto: FB Diario del Mexicano
La contingencia ambiental de este 22 de mayo, fue al quinta en el mes y la novena en lo que va de 2024. Foto: FB Diario del Mexicano

Publicado el

Por: María de Jesús

ESTADO DE MÉXICO.- La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activó la Fase 1 de la Contingencia Ambiental por ozono en el Valle de México a partir de las 14:00 horas de este miércoles, debido a que se registraron concentraciones máximas de ozono de 158, 157 y 155 ppb en las estaciones de Benito Juárez (BJU), Centro de Ciencias de la Atmósfera (CCA), y Pedregal (PED), ubicadas en la Alcaldías de Benito Juárez, Coyoacán y Álvaro Obregón en la Ciudad de México.

A través de un comunicado, la CAMe señaló que se presenta la influencia de un sistema de alta presión en la región central del país, generando condiciones de estabilidad atmosférica, cielo despejado a medio nublado, radiación solar intensa y temperaturas superiores a los 30 °C, estas últimas pronosticadas con permanencia para esta semana. La combinación de estos factores propició la formación de ozono, mientras que el viento débil dentro del Valle de México ayudó a su acumulación en varias zonas. Los modelos meteorológicos indican que para el resto de la tarde de este miércoles 22 de mayo, aún se mantendrán las condiciones adversas para la dispersión de los contaminantes.

En lo que va del 2024 se han activado nueve contingencias ambientales en la Zona Metropolitana del Valle de México:

  • 22 de febrero
  • 06 de marzo
  • 23 de marzo
  • 30 de abril 
  • 03 de mayo 
  • 09 de mayo
  • 13 de mayo 
  • 18 de mayo 
  • 22 de mayo


Recomendaciones

  • Evitar hacer actividades de cualquier índole al aire libre entre las 13:00 y 19:00 horas.
  • Se recomienda no fumar, especialmente en espacios cerrados.
  • Mantenerse informados sobre la calidad del aire
  • Facilitar y continuar el trabajo a distancia y realizar compras y trámites en línea para reducir viajes.
  • Evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que contengan solventes.
  • Recargar gasolina después de las 18:00 horas y antes de las 10:00 horas; no cargar más combustible después de que se libere el seguro de la pistola de llenado.
  • Revisar y reparar fugas en instalaciones de gas doméstico.
  • Reducir el uso de combustibles en casa, acortando el tiempo de ducha a un máximo de cinco minutos y al cocinar, utilizar recipientes con tapa.

Ver nota: ¿Conoces los tipos de contingencias ambientales que hay en Edomex?

Restricciones al transporte

El jueves 23 de mayo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 0, 1, 2, 4, 6 y 8.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde, terminación de placa 1 y 2
  • Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR
  • Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
  • Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de Circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.


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