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Si no ha pagado el predial y vive en Naucalpan, esto le interesa

El cabildo del ayuntamiento de Naucalpan aprobó descuentos para quienes paguen su impuesto predial

Por: Israel Lorenzana

NAUCALPAN DE JUÁREZ, Estado de México.- Durante la Octogésima Sesión Ordinaria de Cabildo, los integrantes del cuerpo edilicio aprobaron por unanimidad que la Tesorería Municipal efectué los descuentos establecidos en los artículos 7 y 9 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México vigente, así como la condonación de accesorios de ejercicios fiscales anteriores, de 50 y hasta 100 por ciento.

En este sentido, la bonificación por pago anual anticipado del impuesto predial del ejercicio fiscal 2024 será de 8, 6 y 4 por ciento durante enero, febrero y marzo, respectivamente, sobre su importe total.

Además, se autorizó bonificación adicional por contribuyente cumplido de 8 por ciento en enero, 6 por ciento en febrero y 2 por ciento en marzo, a quienes hayan cubierto sus obligaciones fiscales dentro de los plazos establecidos para ese efecto en los últimos dos ejercicios fiscales.

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Igualmente tendrán bonificación de hasta 34 por ciento pensionados, jubilados, huérfanos menores de 18 años, personas con discapacidad, adultos mayores, viudas o viudos, madres solteras sin ingresos fijos y aquellas personas físicas cuya percepción diaria no rebase tres salarios mínimos generales vigentes, así como personas liberadas con motivo de amnistía estatal.

La condonación de multas y recargos generados por falta de pago del impuesto predial del ejercicio fiscal 2023 y años anteriores, será de 100 por ciento en enero, 70 por ciento en febrero y 50 por ciento en marzo del 2024, al igual que las causadas por diferencias de construcción y/o tipologías determinadas por la autoridad fiscal y de las operaciones traslativas de dominio, siempre y cuando el pago se realice en una sola exhibición.

En cualquiera de los casos el monto a pagar por concepto de impuesto predial no podrá ser inferior a la cuota fija establecida en el rango 1 de la tarifa del artículo 109 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.