Estos son los autos que no pueden circular en el Edomex
Existen algunos vehículos que no pueden transitar por la entidad, ya sea por su antigüedad, dimensiones o tipo de uso, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito.
EDOMEX.- Si eres un automovilísta que viaja constantemente al Estado de México o piensas mudarte a esta entidad, debes saber que hay algunos vehículos que no pueden transitar por las calles mexiquenses, ya sea por normativas ambientales o regulaciones específicas.
A continuación te diremos qué automotores no pueden circular en este estado de la República, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito, para que no seas acreedor a una sanción.
Existen sanciones por ignorar qué tipo de vehículos no pueden transistar por el Estado de México. Foto: Freepik.
Te puede interesar:Control Vehicular: Lo que debes saber para tramitar tu licencia de conducir fácilmente
¿Qué autos no pueden circular en el Edomex?
En el Reglamento de Tránsito del Estado de México, Capítulo IV, sobre las reglas generales del tránsito de vehículos, se indica que los siguientes vehículos no pueden circular:
- Automóviles particulares y de alquiler, así como camionetas de uso particular, cuyo modelo sea anterior a 1984. Sin embargo podrán transitar si cuentan con cinturones de seguridad en los asientos delanteros.
- Vehículos que emitan contaminantes o que generen malos olores.
- Vehículos que produzacan niveles excesivos de ruido o se encuentren equipados con bandas de oruga metálica.
- Vehículos de transporte de carga que circulen fuera de los horarios y rutas establecidas por las autoridades de tránsito.
- Vehículos de carga cuyo contenido exceda las dimensiones laterales del vehículo.
- Vehículos que no cuenten con una póliza de seguro de responsabilidad civil vigente que cubra, al menos, daños a terceros.
Los vehículos cuyo modelo sea anterior a 1984 y que no cuenten con cinturones de seguridad no pueden circular en el Edomex: Foto: Freepik.
¿Hay sanciones por circular en un vehículo prohibido en el Edomex?
Si decides manejar uno de los anteriores vehículos ignorando el Reglamento de Tránsito, te expones a recibir infracciones y que tu automotor sea remitido. Recuerda que los agentes de tránsito, de acuerdo al Artículo 118, pueden retener y remitir tu auto en los siguientes casos:
- Si le faltan ambas placas y no se presenta un documento que justifique la omisión.
- Cuando las placas del vehículo no coincidan en números y letras con lo registrado en la tarjeta de circulación.
- Por invadir o estacionar en carriles de contraflujo o confinados para el transporte público, masivo o de alta capacidad.
- Cuando el conductor maneje en estado de ebriedad o bajos los efectos de drogas enervantes o sustancias psicotrópicas.
- Si el vehículo está involucrado en un accidente de tránsito que pueda constituir un delito.
- Por ofrecer un servicio público sin la autorización correspondiente.
- Por no contar con la verificación vehicular obligatoria o por circular cuando por una restricción ambiental no le corresponda.
Te puede interesar:Control Vehicular: Conoce el trámite digital para cumplir con el refrendo vehicular 2025